Departamento de Adjudicación y Legalización
de Bienes Muebles
Función
Función
Es el responsable de coordinar la emisión de resoluciones para legalizar la confirmación de propiedad, alzas, posesiones, traslados, transferencias y bajas de bienes muebles del Sector Público; coordinar la práctica de avalúos bienes muebles que las entidades estatales requieran y coordinar con Contraloría General de Cuentas, la recepción de bienes en mal estado destructibles e incinerables; así como, la recepción de material ferroso, apoyando la labor de la comisión establecida en el Decreto Número 103-97 del Congreso de la República de Guatemala.
Gestión de Bienes Muebles
Documentos para realizar Gestiones de Bienes Muebles en -SIGERBIM-
- Certificación del acta donde conste la entrega y recepción de los bienes muebles.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la entidad que los entregó).
- Fotocopia de la tarjeta de circulación
- Certificación del acta donde conste la entrega y recepción de los vehículos.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la entidad que los entregó)
- Certificación del acta en la cual se detalle y conste el mal estado de los bienes.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Documento de Autorización firmado y sellado por la autoridad superior para la continuidad del trámite.
- Dictamen de Auditoría Interna
- Certificación del acta en la cual se detalle y conste el mal estado de los bienes.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Documento de Autorización firmado y sellado por la autoridad superior para la continuidad del trámite.
- Informe de un técnico en informática mediante el cual se justifique el mal estado de cada uno de los equipos.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia de los documentos que indique los últimos servicios mayores o menores realizados (si se trata de maquinaria).
- Fotocopia de la factura de compra.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible de la tarjeta de circulación.
- Fotocopia de los documentos que indique los últimos servicios mayores o menores realizados.
- Fotocopia de la factura de compra.
- Certificación de acta administrativa, mediante la cual conste la posesión de los bienes muebles, justificación de su origen, posesión en forma pacífica de buena fe, indicando el tiempo que se han tenido en posesión y el detalle de los mismos con todas sus características y valor estimado en quetzales de cada bien mueble, con el propósito de incorporarlos al inventario.
- Certificación de acta administrativa, mediante la cual conste la posesión del o los vehículos, justificación de su origen, posesión en forma pacífica de buena fe, indicando el tiempo que se han tenido en posesión y el detalle de los mismos con todas sus características y valor estimado en quetzales de cada bien mueble, con el propósito de incorporarlos al inventario.
- Fotocopia de la tarjeta de circulación, si existe título de propiedad deberá esta estar debidamente endosado.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible de la factura emitida por la compra.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible de la factura emitida por la compra.
- Fotocopia autenticada del contrato.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible del título de propiedad debidamente endosado.
- Fotocopia de la tarjeta de circulación.
- Fotocopia de la factura emitida por la venta.
- Certificación de acta mediante la cual se dejó constancia de la autorización para la compra, su descripción y valor en quetzales.
- Fotocopia del CUR de ingreso y gasto de la donación debidamente aprobada.
- Fotocopia del formulario 1H “Constancia de Ingreso a Almacén e Inventario”.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia de la tarjeta de circulación o factura.
- Fotocopia legible del título de propiedad debidamente endosado.
- Certificación de acta en la cual se dejó constancia de la recepción, la que debe detallar las características y el valor en quetzales.
- Fotocopia de la Declaración Única Aduanera -DUA-, de la Carta de Porte si fue embarcado y del título de propiedad o de la factura y cualquier otro documento relacionado con la importación (este aplica únicamente en caso de importación).
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible de la tarjeta de circulación.
- Fotocopia de la resolución de legalización de traslado emitida por la Dirección de Bienes del Estado.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible de la tarjeta de circulación o desplegado de información electrónica del vehículo con sello y firma, extendida por el Registro Fiscal de Vehículos de la SAT.
- Fotocopia de la denuncia emitida por la autoridad competente (por extravío o robo de documentos o placas).
- Certificación del acta en la cual se hizo constar lo sucedido.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
- Fotocopia legible de la tarjeta de circulación
- Fotocopia de la denuncia emitida por la autoridad competente (por robo).
- Certificación del acta en la cual se hizo constar lo sucedido (robo o siniestro)
- Fotocopia de la póliza de seguro.
- Documento emitido por la aseguradora en la cual se declara la pérdida total.
- Formulario de reclamo extendido por la aseguradora.
- Certificación de acta mediante la cual se deja constancia del remate o venta la que debe indicar el o los valores de los vehículos.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas; para el caso de SENABED, deberá de adjuntar certificación de registro de inventarios (cuentas de orden).
- Fotocopia de la tarjeta de circulación.
- Fotocopia de la resolución de traslado emitida por la Dirección de Bienes del Estado.
- Certificación de acta donde conste la entrega y recepción de los bienes muebles.
- Certificación de registro del libro de cuentas de orden, indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la -SENABED-).
- Certificación de registro del libro de cuentas de orden, indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la-SENABED-).
- Fotocopia legible de tarjeta de circulación.
- Fotocopia de la resolución de legalización de traslado emitida por la Dirección de Bienes del Estado.
- Certificación del acta en la cual conste el mal estado y el detalle de los mismos.
- Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas. (Si los bienes de consistencia ferrosa no están inventariados, no aplica la certificación de inventarios).
- Informe de Auditoría Interna
- Documento de autorización de la autoridad superior de la entidad para la continuación del trámite
- Si los bienes corresponden a vehículos deberá adjuntar informe técnico sobre el estado del mismo.
Base Legal
Base Legal
- Acuerdo Gubernativo 779-98, Reglamento del Decreto Número 103-97 de Congreso de la República. Acuerdo Gubernativo 779-98, Reglamento del Decreto Número 103-97 de Congreso de la República.Acuerdo Gubernativo 779-98, Reglamento del Decreto Número 103-97 de Congreso de la República.
- Circular Conjunta del Ministeno de Finanzas Públicas y Contraloría General de Cuentas.