- Visto: 9268
Normas de cierre
La normativa guatemalteca vigente identifica tres formas de organizaciones legalmente constituidas consideradas como ONG: a) la persona jurídica en general, frecuentemente denominada “entidad sin fines de lucro” (artículos 15 y 18 del Código Civil); b) las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (Decreto 2-2003 del Congreso de la República); y, c) las excepciones que estipula el Decreto 1-2007 del Congreso de la República (reformas a la Ley del Registro Nacional de Personas). Aquí encontrarás el texto de los artículos contenidos en las leyes ordinarias y reglamentos que hacen referencia a las ONG, así como en las disposiciones normativas orientadas al fortalecimiento de la transparencia de la ejecución del gasto público a través de estas entidades privadas. Marco Legal de las ONG
Transferencias Presupuestarias
Las modificaciones o transferencias presupuestarias están regidas por normas jurídicas, tanto de carácter constitucional como de carácter ordinario. De forma complementaria, para el desarrollo de procesos administrativos y operativos que permitan su realización, se cuenta con anuales emitidos por el Ministerio de Finanzas Públicas.
A continuación, encontrará una compilación de dichas normas jurídicas y manuales.
Constitución Política de la República
• Artículo 171, Otras atribuciones del Congreso
• Artículo 238, Ley Orgánica del Presupuesto
Disposiciones ordinarias (Decretos, Acuerdos, etc.)
• Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 29 y artículo 32.
• 2010
• 2009
Manuales
• Manual de Modificaciones Presupuestarias para las Entidades de la Administración Central (2a. Edición - enero 2005)
• Manual de Programación de la Ejecución Presupuestaria para las Entidades de laAdministración Central (2a. Edición - enero 2005)
• Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala (4a. Edición - enero 2008)