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38. Lineamientos de transparencia para ejecución de recursos ante Estado de Calamidad

 

Comunicado No. 38
6 de junio de 2018

Lineamientos de transparencia para ejecución de recursos ante Estado de Calamidad

El Ministerio de Finanzas Públicas emitió los lineamientos pertinentes para garantizar la transparencia en el uso de los recursos públicos de las transacciones financieras que se deriven del Estado de Calamidad.

Los lineamientos establecidos, tendrán vigencia mientras dure el Estado de Calamidad Pública, de acuerdo al Decreto Gubernativo Número 1-2018 y Decreto No. 14-2018 del Congreso de la República. A continuación el resumen de los mismos:

  1. Uso prioritario de asignaciones vigentes: las entidades públicas deben avanzar en la atención de emergencia haciendo uso de su del presupuesto con que actualmente cuentan y si es necesario realizar las modificaciones presupuestarias que correspondan.
  2. Rendición de cuentas: Establece que las entidades deberán informar al Minfin sobre los requerimientos de compra de forma detallada y publicarlos para la debida transparencia y auditoria social.Para el efecto, el Minfin habilitará los sistemas informáticos correspondientes para el seguimiento, monitoreo de las transacciones y la auditoría social que corresponda.
  3. Estructura presupuestaria específica: las entidades podrán hacer las compras bajo una estructura específica, de requerir asignaciones presupuestarias adicionales a su presupuesto vigente.El Sistema de Gestión (Siges) y Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin), contarán con la clasificación de producto, subproducto y categorías programáticas, en la estructura siguiente:
  •  Programa 94 “Atención por Desastres Naturales y Calamidades Públicas”.
  • Subprograma 07 “Estado de Calamidad Pública, Erupción del Volcán de Fuego (DG 1-2018)”.
  • Actividad 001 “Intervenciones relacionadas con la Emergencia, Erupción del Volcán de Fuego”.
  • Producto y subproducto que llevará por nombre “Intervenciones relacionadas con la Emergencia, Erupción del Volcán de Fuego”; y
  • Proyecto 001 “Emergencia Erupción del Volcán de Fuego”

    Estas categorías programáticas, podrán ser creadas, modificadas o actualizadas por las instituciones mediante el procedimiento que establece el Artículo 7 del Acuerdo Gubernativo Número 300-2017, Distribución Analítica del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2018.

4. Ejecución: Establece la forma en que las entidades deberán ejecutar los recursos que se disponen para atender la emergencia, facilitando las gestiones administrativas bajo el principio de transparencia,        responsabilidad fiscal y rendición de cuentas.

La Dirección Técnica del Presupuesto (DTP), brindará la asistencia técnica necesaria para la creación de las estructuras presupuestarias que sean requeridas. 

El Oficio Circular DTP 003-2018 ya fue remitido a las entidades respectivas y está disponible para su consulta, en el sitio del Minfin www.minfin.gob.gt

 

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